En este fin de año, como parte de las obligaciones laborales que posee cada empresa en El Salvador y teniendo en cuenta el cierre del año fiscal 2022 entra en vigencia el pago de aguinaldos que se realiza con base a los artículos del 196 al 202 del Código de Trabajo vigente el cual se maneja de la siguiente manera:
Art. 196.- Todo patrono está obligado a dar a sus trabajadores, en concepto de aguinaldo, una prima por cada año de trabajo.
Art. 197.- Los Patronos estarán obligados al pago completo de la prima enconcepto de aguinaldo, cuando el trabajador tuviere un año o más de estar a su servicio.
Es importante recordar a los trabajadores que al día doce de diciembre si estos no tuvieren un año de servir a un mismo patrono, tendrán derecho a que se les paguela parte proporcional al tiempo laborado de la cantidad que les habría correspondido si hubieren completado un año de servicios a la fecha indicada.
El aguinaldo se paga cuando el trabajador tiene al 12 de diciembre de cada año, un año o más de servicio para la empresa, la única excepción será para los que tengan menos de un año y se les pagará proporcionalmente a los días trabajados.
El artículo 198 del código de trabajo establece la tabla para el cálculo del pago de la siguiente manera:
- Para quien tuviere 1 año y menos de tres años de servicio, la prestación equivaldrá al salario de 15 días, y proporcional a los trabajadores que no han cumplido un año. A los trabajadores que el 12 de diciembre no hubieren cumplido un año de laborar en la empresa, se les pagará una cantidad de dinero en concepto de aguinaldo proporcional al tiempo que tuvieren trabajando al 12 de diciembre.
- Para quien tuviere 3 años o más y menos de 10 años de servicio, una prestación equivalente al salario de 19 días.
- Para quien tuviera 10 o más años de servicio, una prestación equivalente al salario de 21 días.
El aguinaldo se paga con el sueldo que a la fecha del cálculo esté devengando el trabajador y es muy importante recordar que el aguinaldo se debe pagar entre el 12 y el 20 de diciembre de cada año. Si se pagará aguinaldo a personas que no trabajan con un salario fijo o por unidad de tiempo, se calcula sobre la base de los últimos seis salarios ordinarios entre el número de días laborables comprendidos en dicho período (el salario ordinario en este caso es el salario básico, más comisiones y prestaciones (por ejemplo, el pago de vendedores o promotores de venta).
Acá se presentan dos datos importantes que hay que tener muy en cuenta para el pago de aguinaldos:
Art. 201 Ningún trabajador o trabajadora perderá el derecho al aguinaldo por razones disciplinarias, inasistencias injustificadas al trabajo o cualquier otra causa.
(D.L. 479 del 6 de noviembre de 2019, D.O. No. 222, tomo No. 425 del 25 de noviembre de 2019, reformas al Art. 201 del C. de Trabajo).
Art. 202 Cuando se declare terminado un contrato de trabajo, con responsabilidad para el patrono, o cuando el trabajador fuere despedido de hecho sin causa legal, antes del día 12 de diciembre, el trabajador tendrá derecho a que se le pague la remuneración de los días que, de manera proporcional al tiempo trabajado, le corresponda en concepto de aguinaldo.
El pasado mes de noviembre, El Gobierno de El Salvador, a través del Banco Central de Reserva, lanzó la Oficina Nacional de Estadística y Censos (ONEC), acción que marca el inicio del proyecto de modernización del Sistema Estadístico de El Salvador. La ONEC será responsable de modernizar los servicios y productos estadísticos, acorde con la evolución de las necesidades de la economía del país y con las nuevas tecnologías de información, promoviendo la sinergia entre las diferentes instituciones del Estado.
Adicionalmente se informó que a partir del 17 de noviembre, el proceso de solicitud de solvencia estadística en el formato presencial se realizará en el edificio de la ONEC, beneficiando a los usuarios con horarios de atención ampliados, fortaleciendo las plataformas tecnológicas, y facilitando y reduciendo los tiempos para que los sectores productivos puedan cumplir con este trámite de forma eficiente.
Los servicios y productos estadísticos generados por ONEC podrán ser consultados por medio del sitio web de estadísticas: https://onec.bcr.gob.sv/.
Con el lanzamiento oficial de la ONEC, el Banco Central cumple con el mandato otorgado por la Asamblea Legislativa mediante la aprobación de la Ley de Disolución, Liquidación y Traslado de funciones de la DIGESTYC en agosto de este
año.

